Tuesday, July 21, 2009

Transicion constitucional o golpe de estado en Honduras

SOBRE EL GOLPE DE ESTADO DE HONDURAS

La comunidad internacional se vió sorprendida por el sui generis “golpe de estado civil” en Honduras, en donde el depuesto presidente Zelaya estaba utilizando la conocida estrategia política de “la voluntad popular de las grandes mayorías” y “las movilizaciones populares” para reformar la constitución y postular a la reelección inmediata y posiblemente indefinida, que en Honduras es prohibida y drásticamente penada por la constitución de 1982, la cual menciona en el ARTICULO 42.- La calidad de ciudadano se pierde: 4. Por coartar la libertad de sufragio, adulterar documentos electorales o emplear medios fraudulentos para burlar la voluntad popular; 5. Por incitar, promover o apoyar el continuismo o la reelección del Presidente de la República.
El mismo documento declara que la pérdida de calidad de ciudadano para los casos de los incisos 4 y 5 del Articulo 42 será decretado por tribunal competente, en este caso, la Corte Suprema de la Republica de Honduras.
Hasta el momento esta comprobado que el ex –presidente Zelaya si estaba promoviendo una consulta popular para realizar una reforma constitucional y postular a la reelección, inclusive cuando el Jefe de la Fuerzas Armadas se negó a prestarle su apoyo para realizar la consulta popular por ser esta ilegal (Art. 42. 5), el ex presidente lo destituyó. Entonces, la conducta del ex – presidente Zelaya contravenía el Articulo 42 numeral 5 de la Constitución por lo cual se le tendría que suspender su ciudadanía.
Asimismo el Art. 239 de la Constitución de Honduras claramente señala.- “El ciudadano que haya desempeñado la titularidad del Poder Ejecutivo no podrá ser Presidente o Designado.
El que quebrante esta disposición o proponga su reforma, así como aquellos que lo apoyen directa o indirectamente, cesarán de inmediato en el desempeño de sus respectivos cargos, y quedarán inhabilitados por diez años para el ejercicio de toda función pública.”
Honduras, que conoce el peligro de las reelecciones, introdujo en su Constitución la prohibición absoluta de la misma, incluyendo cualquier intento de reforma constitucional, no solamente por parte del presidente que busca ser reelegido sino también para cualquier otra persona que la proponga o apoye. La norma es absolutamente clara; no hay reelección presidencial y la constitución no puede ser cambiada, es mas se pena con inhabilitación de diez años para ejercer cualquier cargo público.
Hasta el momento, se ha comprobado que el ex – presidente Zelaya violo los artículos 42 y 239 de la Constitución Hondureña, violaciones que son penadas con la suspensión de la ciudadanía, requisito indispensable para ser presidente de la republica, y con inhabilitación por diez años para ejercer cargos públicos. Con estas dos violaciones, y ante la beligerante conducta del ex –presidente Zelaya, los poderes Judicial y Legislativo deciden abrirle una investigación y suspenderlo de sus funciones. Al ser suspendido, y de acuerdo al Art. 242 de la misma Constitución el Presidente del Congreso es el encargado de tomar la posta como presidente de Honduras y cumplir con lo que faltase del periodo presidencial.
Desde el punto de vista legal, no se puede hablar de golpe de estado, mas bien es una transición amparada por la Constitución de Honduras de 1982. El ex – presidente Zelaya, deliberadamente y con el apoyo de presidentes de la región que reformaron o cambiaron sus respectivas constituciones para hacerse reelegir a perpetuidad ( Hugo Chavez, Evo Morales, el Clan Castro), tenia serias intenciones de intentar el mismo experimento, quebrando el orden constitucional de división de poderes y actuando como un caudillo aduciendo el “apoyo popular” que en la practica son bandas violentas financiadas por el intereses particulares con la intención de ejercer el poder indefinidamente, situación que hemos visto en casi todos los países de la región. El que escribe con Alberto Fujimori, gobierno que empezó con un excelente programa de gobierno cimentando el proceso de crecimiento económico del Perú, pero que termino embarrándose con corrupción y violencia al extremo que el ex presidente Fujimori esta en la cárcel. Y auguro que lo mismo sucedera con Hugo Chavez y Evo Morales, el poder absoluto corrompe, y en “arca abierta hasta el justo peca.”
LA POBRE ACTUACION DE LA OEA: Sorprendente la actuación de Miguel Insulza, el cual simplemente exigió a Honduras reponer al ex – presidente Zelaya sin al parecer realizar un análisis legal de la situación. Zelaya actuó fuero de la ley, en contra de la Constitución de Honduras con claras intenciones de hacerse reelegir a perpetuidad utilizando el mismo modelo que Hugo Chavez en Venezuela, en donde las elecciones son claramente fraudulentas y en donde oponerse al régimen equivale a una sentencia de muerte. ¿Es eso lo que Insulza quiere para los hondureños? ¿Que se instaure el populismo y los discursos románticos como modelo económico? Sabemos que al final los que sufren las consecuencias de este tipo de dictaduras civiles son los ciudadanos y la juventud que ve su futuro diluirse en el aire.